Opción del Médico y Acceso a Emergencias en la
Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio
La Ley del Cuidado de Salud a Bajo Precio ayuda a preservar sus opciones de médicos, garantizándole que usted pueda elegir el médico de cuidado primario o el pediatra que desee de la red de proveedores de su plan de salud. Le garantiza que pueda ver un obstetra/ginecólogo sin necesidad de una remisión por parte de otro médico. La ley además asegura que usted puede buscar atención de emergencia en un hospital fuera de la red de su plan sin que tenga que obtener aprobación previa de su plan de salud.
Qué significa esto para usted
- Usted elige el médico: Las nuevas regulaciones le permiten elegir cualquier proveedor de cuidado primario participante como su médico y cualquier pediatra participante que se encuentre disponible como el proveedor de cuidado primario de sus hijos.
- Ninguna barrera al plan de salud para los servicios de obstetricia/ginecología: Las nuevas regulaciones también prohíben que los planes de salud exijan una remisión por parte de un proveedor de servicios de salud primaria antes de que pueda buscar cobertura para atención de obstetricia o ginecología (OB-GYN) de parte de un médico especialista participante.
- Acceso a los servicios de salas de emergencias fuera de la red: Antes, algunos planes de salud limitaban el pago de servicios de salas de emergencia que se proporcionaban fuera de la red preseleccionada de proveedores de servicios de salud de emergencia de un plan. O le exigían obtener la aprobación previa de su plan para recibir cuidados de emergencia en hospitales fuera de sus redes. Esto podía significarle dificultades financieras si se enfermaba o se lesionaba estando lejos de su casa. Las nuevas reglas previenen que los planes de salud soliciten copagos o coseguros más elevados por servicios de salas de emergencias fuera de la red. Además, las nuevas reglas también prohíben que los planes de salud soliciten autorización previa antes de buscar servicios de salas de emergencias de un proveedor o un hospital fuera de la red de su plan.
Algunos detalles importantes
- Estas reglas se aplican a todos los planes de salud de grupo y pólizas de seguro médico individual creadas o emitidas después del 23 de marzo de 2010.
- Estas reglas no se aplican a los "planes de salud de derechos adquiridos.”
- Si su plan de salud o póliza de seguro médico fue creado o emitido después del 23 de marzo de 2010, repercutirá en su plan tan pronto como comience un nuevo "año de plan" o "año de póliza" durante o después del 23 de septiembre de 2010.
- Tenga en cuenta que aún puede ser usted el responsable de la diferencia entre el monto facturado por el proveedor en concepto de servicios de salas de emergencia fuera de la red y el monto pagado por su plan de salud.
Fuente
Opción del médico y acceso a emergencias
CuidadodeSalud.gov
GeoSalud, 28 de Octubre del 2012