La
Anticoncepción de Emergencia ¿De Interés para la Salud
Pública? Humberto
Restrepo, M.D.1, Manuel Antonio Artuz, M.D.2 1.
Profesor Asistente, Departamento de Obstetricia y Ginecología, Facultad
de Salud, Universidad del Valle, Cali. 2.
Profesor Titular, Departamento de Obstetricia y Ginecología, Facultad de
Salud, Universidad del Valle, Cali. RESUMEN Los
embarazos no deseados continúan siendo un problema de salud pública
no resuelto en el mundo entero, pero muy especialmente en los países del
tercer mundo, donde la terminación de estos en gran parte, se lleva a cabo
en condiciones inseguras, acarreando para la madre y la sociedad efectos desvastadores
tanto desde el punto de vista de salud personal como graves consecuencias sociales.
Se hace una discusión acerca de la manera como la utilización de
la anticoncepción de emergencia contribuye a la prevención de este
problema, así como al cumplimiento constitucional de la preservación
de los derechos humanos, en especial de la mujer. Palabras
Claves: Anticoncepción de emergencia. Contracepción. Derechos sexuales
y reproductivos.SUMMARY Unwanted
pregnancies are a non-resolved problem of public health worldwide, but the overwhelming
majority of these pregnancies occur in developing countries. In these countries
most terminations of unwanted pregnancies are performed in unsafe conditions,
devastating effects on maternal health and social consequences are derived from
these situations. In this paper is discussed the use of emergency contraception
as a mayor approach to promote maternal health and to protect human rights of
women. Key words. Emergency
contraception. Contraception. Sexual rights and reproductives. Colomb Med 2002; 33: 131-137 A
pesar de la efectividad de los contraceptivos modernos, aún ocurren en
el mundo un gran número de embarazos indeseados y son muchas las mujeres
que buscan su terminación. En 1995 se estimó que se realizaron en
el mundo que entre 40 y 50 millones de abortos, de los cuales un tercio fueron
llevados a cabo en condiciones de inseguridad1. Se estima que entre
50 mil y 100 mil muertes maternas por año en el mundo están relacionadas
con el aborto, lo cual hace que el aborto inducido sea un problema del mayor interés
en la salud pública de los países, especialmente en los llamados
"en desarrollo" si se tienen en cuenta que la mayoría de estas muertes
suceden en estos países (Figura 1). Además, cada año más
de 500 mil mujeres en el mundo pierden la vida a causa de complicaciones del embarazo
y del parto; de estas muertes 99% ocurren en los "países en desarrollo"2. 
Una
de las razones por la cual esto ocurre es la falta de servicios adecuados para
la práctica del aborto en condiciones seguras, porque probablemente es
ilegal o está en contra de las creencias religiosas de la nación
o porque los servicios, aún en sitios donde es legal, son muy costosos.
Este panorama refleja no sólo la falta de una política de mayor
cobertura de maternidad segura sino también de una necesidad insatisfecha
de planificación familiar. Por
centurias, las mujeres han utilizado una gran variedad de aditamentos y preparaciones
para evitar el embarazo después que ha ocurrido un coito, pero fue sólo
hasta finales de la década de 1960 y comienzo de 1970 cuando se comenzó
a utilizar métodos hormonales de emergencia para evitar el embarazo. Desde
entonces se ha ido progresando en el desarrollo de esta tecnología y actualmente
la Organización Mundial de la Salud (OMS), ha incluido las píldoras
contraceptivas de emergencia a su lista de medicamentos esenciales, haciéndolas
más disponibles en muchos países. La anticoncepción de emergencia
es un método que ofrece a la mujer una "segunda oportunidad" cuando ha
tenido un acto sexual sin protección, bien por falla del método
en uso, uso incorrecto de él o porque fue obligada a tenerlo. En
este artículo se hace una revisión de algunas de las realidades
sociales que viven las mujeres en Colombia en relación con el ejercicio
de sus derechos humanos y de su salud sexual y reproductiva, con la intención
de mostrar que el acceso y uso de la anticoncepción de emergencia por parte
de un grueso número de la población femenina de Colombia, es una
medida de salud pública que a todos interesa, es salvadora de vidas y contribuye
a mejorar el capital humano de la mujer al promover su salud sexual y reproductiva
y el ejercicio de sus derechos humanos. DERECHOS
SEXUALES Y REPRODUCTIVOS La Constitución
Política de Colombia, promulgada el 4 de julio de 1991, en el Capítulo
2 "De los derechos sociales, económicos y culturales", artículos
42, 43, 44, 45 y 48 coincide con los parámetros internacionales sobre los
derechos sexuales y reproductivos al establecer los derechos y deberes de la institución
familiar, la igualdad y protección de hombres y mujeres, la protección
de la niñez y la juventud y el derecho a la salud. Igualmente la Ley 100
de 1993, en su Decreto 1938 de agosto de 1994, reglamenta el plan de beneficios
en el sistema nacional de seguridad social en salud, que establece entre otros
el Plan de Atención Básica (PAB) y el Plan Obligatorio de Salud
(POS) y declara entre sus objetivos generales: "1.
Propiciar el desarrollo integral del ser humano y el bienestar comunitario, a
través de la promoción de valores, actitudes y comportamientos saludables
en la esfera sexual y reproductiva que favorezcan el desarrollo de la identidad,
la autoestima, el respeto por los demás y los valores éticos de
la solidaridad, convivencia y tolerancia y 2.
Mejorar el estado de salud sexual y reproductiva de hombres y mujeres en todas
las etapas del ciclo vital mediante la provisión de servicios de promoción,
prevención, tratamiento y recuperación de la salud dentro de un
enfoque de género y desarrollo humano."
A
partir de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (CIPD)
de El Cairo en 1994, los países en el mundo entero han estado luchando
por la implementación, dentro de los programas de atención en salud,
del concepto de la salud sexual y reproductiva para hombres y mujeres. Allí
se estableció que "Todas las parejas y todos los individuos tienen el derecho
básico de decidir libre y responsablemente el número y el espaciamiento
de sus hijos y de disponer de la información, la educación y los
medios para hacerlo"3 (Principio 8). Este derecho
es la clave de una mejor salud reproductiva para millones de mujeres en el mundo. Según
la CIPD "los derechos humanos de la mujer incluyen su derecho a tener control
sobre las cuestiones relativas a su sexualidad, incluida su salud sexual y reproductiva,
y decidir libremente respecto de esas cuestiones, sin verse sujeta a la coacción,
la discriminación y la violencia". El informe acerca del desarrollo humano,
emanado de las Naciones Unidas y publicado en 1994, acuña la frase "seguridad
humana" para significar que el individuo debe estar libre de amenazas, ya sean
éstas de origen violento o no y además se le definía como
la suma de siete diferentes dimensiones -económica, alimentaria, de salud,
de medio ambiente, personal, comunitaria y política. Esto significa un
cambio en la manera de ver el mundo, donde se tome como referencia al individuo
e incluya medidas preventivas para reducir la vulnerabilidad y minimizar los riesgos,
tomando acciones donde falle la prevención, que significa la necesidad
de buscar soluciones a las causas que atenten contra la seguridad presente y futura
no sólo del individuo sino también de su familia y del desarrollo
sostenible de la sociedad. Como lo establece el mismo informe, desarrollo humano
y seguridad humana, no son sinónimos, sino dos conceptos que se deben reforzar
entre sí, porque algunos de los objetivos a alcanzar son liberar a los
individuos del terror y de la necesidad. Los
miembros más vulnerables de la sociedad que son los menos educados, las
mujeres, los niños y los más pobres, ven su libertad de acción
limitada por causa de ambos temores, de modo que se necesitan medidas de acción
social que promuevan entre otros, el acceso a servicios de salud de buena calidad,
oportunos y eficientes. HECHOS DEMOGRÁFICOS
EN COLOMBIA Según la Encuesta
Nacional de Demografía y Salud llevada a cabo por PROFAMILA en el año
20004
en Colombia, la tasa total de fecundidad es de 2.6 hijos por mujer, con una tasa
bruta de natalidad de 23 nacimientos por mil habitantes y la tasa general de fecundidad
es de 91 nacimientos por mil mujeres en edad fértil. En
los últimos 25 años la edad mediana al nacimiento del primer hijo
ha presentado muy poca variación para los distintos grupos de edad; actualmente
es de 22.1 años; 19% de las mujeres adolescentes (15 a 19 años)
al momento de la encuesta, había estado embarazadas o ya había tenido
partos; una de cada 5 de las adolescentes de 17 años ha estado alguna vez
embarazada. A pesar que la encuesta encontró que la casi totalidad de las
mujeres en edad fértil, sin importar su estado civil, conoce por lo menos
un método anticonceptivo, tan sólo un poco más de la mitad
de ellas utiliza alguno y llama la atención que, entre los métodos
modernos menos conocidos esta la anticoncepción de emergencia, con sólo
22% a nivel del país. La necesidad
insatisfecha de planificación familiar en Colombia se encontró en
6.2% entre las mujeres casadas o unidas; el análisis encontró que
ésta asciende a 18% entre las mujeres adolescentes casadas o unidas y el
componente más importante de la demanda total de planificación familiar
es de mujeres que desean limitar los nacimientos (63%). En el momento de la encuesta
se encontró que 52% de los embarazos actuales y de los ocurridos en los
últimos cinco años no fueron deseados, 23% definitivamente no deseados
y 29% deseados pero para más tarde. Analizando
los nacimientos para las categorías de alto riesgo reproductivo, se encontró
que en los últimos cinco años 42% de estos se podían clasificar
en categorías de riesgo elevado para mortalidad. Otro factor importante
a tener en cuenta es la violencia contra la mujer, tanto dentro como fuera del
hogar y en especial lo referente al fenómeno de violación. La Encuesta
Nacional de Demografía y Salud4
reveló que en Colombia 41% de
las mujeres entrevistadas, que alguna vez habían estado unidas o casadas,
sufrieron algún tipo de violencia física por parte de su pareja;
dentro de este mismo grupo 11% contestó que había sido violada por
el esposo o compañero, alcanzando Cali un porcentaje mayor (15.6%) que
en el resto de Colombia. En esta ciudad, durante los meses de junio 1998 a agosto
1999, se llevó a cabo una investigación con mujeres violadas5. Se encontró que
34.7% nunca había tenido relaciones sexuales ni coitales, 81.8% eran solteras,
63% abortaron y tan sólo 12% de las víctimas utilizó la anticoncepción
de emergencia. Sobre este último tema los investigadores dicen "la orientación
sobre la anticoncepción de emergencia para los casos de violación,
se da más bien en forma excepcional, lo cual puede indicar desconocimiento
generalizado tanto en servicios de salud y personal médico, como en autoridades
policiales a las cuales recurren algunas de las víctimas". LOS
DERECHOS HUMANOS DE LA MUJER Una
mirada de los derechos humanos de la mujer, muestra como la morbilidad y la mortalidad
materna están relacionadas con la negación del ejercicio de estos
derechos (Figura 2), porque la vulnerabilidad de ellas durante el embarazo como
consecuencia de la falta de oportunidades de educación y empleo les impide
ejercer su independencia para evitar embarazos no deseados a través del
conocimiento y uso de métodos contraceptivos apropiados y el acceso a servicios
de salud de buena calidad para asegurar una maternidad sin riesgos. 
* Otras causas incluyen embarazo
ectópico, embolia y causas relacionadas con la anestesia **
Las causas indirectas incluyen anemia, malaria y enfermedad cardíaca Fuente:
United Nations Population Fund. The state of the world population 1999, 6 billion:
a time for choices, 1999. Así
pues, que la mujer ejerza con entera libertad su escogencia de ser madre y que
sobreviva a la maternidad, es fundamental para la dignidad humana de ella y para
la construcción de familias y sociedades con base en la justicia social
y en la equidad de géneros. La vulnerabilidad de las mujeres a los abusos
sexuales y de otras clases, tanto dentro como fuera del matrimonio, eleva el riesgo
de tener embarazos no deseados e inseguros (Figura 3). Las
costumbres religiosas, sociales y económicas se encuentran profundamente
reflejadas en las leyes de los países, e históricamente han sido
utilizadas para justificar la discriminación en contra de las mujeres.
El lenguaje de los derechos humanos como generalmente se utiliza, raramente es
aplicado a la salud reproductiva; sin embargo, la promoción de la aplicación
y el respeto de los derechos humanos sirve para la protección y el avance
de ésta, pues la investigación en las ciencias sociales, más
allá de los índices estadísticos de las tasas, razones y
proporciones, muestran los factores comportamentales, culturales y sociales que
juegan papel preponderante en la obtención de la maternidad segura6 y revelan las brechas
existentes entre los derechos que los gobiernos alegan que gozan las mujeres y
los que ellas en realidad ejercen. Para
ilustrar lo anterior se cita a manera de ejemplo cómo se violan dos de
los derechos humanos de las mujeres en el mundo y especialmente en Colombia. En
la Declaración Universal de los Derechos Humanos, cuando se establece que
"todo ser humano tiene el derecho inherente a la vida y que éste debe ser
protegido por la Ley..." no sólo se esta estableciendo que nadie puede
ser condenado a la pena capital de manera arbitraria, sino que, el derecho a la
vida significa también provisión de condiciones de salud y de dignidad
humanas, para las cuales los estados deben adoptar medidas positivas conducentes
a reducir la mortalidad materna. Pero si suceden 1.400 muertes maternas diarias
en el mundo, la mayoría de ellas en los países en desarrollo ¿no
es esto un reflejo de la negación que algunos gobiernos hacen del derecho
a la vida a las mujeres? Por tanto, se deben tomar medidas que aseguren "el acceso
a servicios apropiados de salud que le permitan a la mujer decidir si desea o
no ser madre, tener un embarazo sin riesgos y asegurarle a las parejas la mejor
opción de tener un hijo saludable"7. Si
se echa un vistazo a otro de los derechos humanos, como es el que "cada cual tiene
el derecho a la libertad y la seguridad de su persona..." vemos que éste
es una defensa muy poderosa de la integridad individual y del derecho de la mujer
de escoger libremente su maternidad, porque ha sido ratificado por la Comisión
Interamericana de los Derechos Humanos, al reconocer que la satisfacción
de las necesidades básicas en salud son parte del derecho personal a la
seguridad. Se encuentra que el aborto inseguro es la segunda causa de muerte materna,
especialmente en Colombia. ¿No es otra violación a los derechos humanos
de la mujer la falta de garantías para el tratamiento de los abortos en
condiciones seguras, el aprovisionamiento fácil de anticonceptivos, así
como impulsar acciones para hacer menos restrictiva la Ley?8 La Conferencia
Internacional sobre Población y Desarrollo llevada a cabo en El Cairo,
en septiembre de 1994 y la Cuarta Conferencia sobre la Mujer realizada en Pekín
en 1995, recalcaron la importancia que tiene el responder a las necesidades de
las mujeres especialmente en lo relativo a la salud reproductiva y la planificación
familiar, para así garantizarles el derecho que tienen no sólo ellas
sino las parejas en general al acceso a la información y a los servicios
para llevar una vida sexual y reproductiva satisfactoria, responsable, libre de
coerción y de decidir por sí mismo cuántos hijos desean tener
y cuándo los desean tener. Para
enfrentar estos retos la sociedad debe realizar cambios, entre otros, que permitan
mejorar la educación y mayor capacidad de decisión de las mujeres.
Los programas de planificación familiar, a través de la implementación
de la anticoncepción de emergencia ayudan a las mujeres alcanzar sus metas
reproductivas permitiéndole evitar los embarazos indeseados. LA
ANTICONCEPCIÓN DE EMERGENCIA La
anticoncepción de emergencia se refiere a los métodos que pueden
prevenir el embarazo cuando se ha tenido un coito sin protección; algunas
de las razones incluyen falla del método que se estaba usando, uso incorrecto
de éste o coitos realizados bajo coacción y sin protección
contraceptiva9. "La anticoncepción
de emergencia puede ayudar a reducir los embarazos no planificados, muchos de
los cuales resultan en abortos en condiciones de riesgo y perjudican gravemente
la salud de las mujeres" es la opinión de Comité Directivo del Consorcio
Internacional sobre Anticoncepción de Emergencia de la OMS. Por
muchos años a la anticoncepción de emergencia se le ha conocido
como la "píldora del día siguiente", término engañoso,
porque no es necesario esperar hasta el siguiente día para empezar a utilizar
el método. El método más comúnmente utilizado se le
conoce como el "régimen de Yuzpe", en alusión al Dr. Albert Yuzpe
de la Universidad de Ontario Occidental del Canadá, quien en la década
de 1970 propuso este método con la utilización de píldoras
anticonceptivas combinadas (PAC) que contienen etinil estradiol y levonorgestrel. En
la actualidad entre los métodos de emergencia disponibles además
de las PAC, se encuentran el dispositivo intrauterino y las píldoras de
progestina-sola de alta concentración y se hallan en fase de estudio las
antiprogestinas y los anticonceptivos orales que contienen noretisterona/noretindrona10,12. Cualquier
mujer en edad reproductiva está a riesgo de un embarazo indeseado (Cuadro
1). Las consecuencias de estos embarazos son dramáticas en especial para
el grupo de mujeres adolescentes quien como se mostró antes necesita de
planificación familiar como resultado de su inicio temprano de la actividad
sexual, de la falta de educación y de desventaja en relación con
su compañero sexual al momento de negociar el uso de medidas contraceptivas.
En esta última situación juegan papel la frecuencia de uniones inestables,
los conflictos emocionales o lo "secreto" o no "socialmente aceptado" de su actividad
sexual, así como la falta de accesibilidad a servicios de planificación
que les garantice la confidencialidad13. Cuadro1
Tabla
comparativa de embarazos deseados y no deseados y su terminación, por regiones
en el mundo
El interés
por la anticoncepción de emergencia ha crecido considerablemente en los
últimos años. En diciembre de 1995, siete organizaciones comprometidas
con la salud reproductiva conformaron el Consorcio para la Contracepción
de Emergencia, con el ánimo de promover su accesibilidad en todo el mundo14. En la actualidad la OMS ha incluido en su listado de
medicamentos esenciales las píldoras anticonceptivas de emergencia, haciéndolas
más fácilmente disponible en varios países. La mayoría
de los estudios15 han mostrado que son
las mujeres solteras, nulíparas y menores de 25 años de edad quienes
están en mayor riesgo de requerir anticoncepción de emergencia porque
son las que tienen el más alto riesgo de tener coitos sin protección
y embarazos no deseados. Las causas más comunes para la necesidad de la
anticoncepción de emergencia, según algunos estudios seleccionados
se muestran en el Cuadro 2; un poco más de la mitad de las mujeres que
requirieron la anticoncepción de emergencia, fue porque no estaban protegidas
por ningún método contraceptivo al momento de tener el coito. Cuadro
2 Razones
para el uso de anticoncepción de emergencia, según estudios seleccionadosLas
principales situaciones en las cuales una mujer puede requerir de anticoncepción
de emergencia son: 1. Coito
voluntario sin protección contraceptiva. 2.
Uso incorrecto o inconsistente del método contraceptivo que está
usando en la actualidad. 3. Falla en
el cálculo del período de fertilidad. 4.
Falla en la abstinencia coital durante los días fértiles. 5.
Coito interrupto fallido. 6. Ruptura
o deslizamiento del condón o método de barrera en uso. 7.
Inicio del método hormonal, inyectable u oral, tardíamente en el
ciclo.
La anticoncepción
de emergencia difiere en algunos aspectos de la anticoncepción regular.
Se hace hincapié en que el uso de la anticoncepción de emergencia
es precisamente para los casos de emergencia y no se debe utilizar como método
contraceptivo regular por varias razones: los efectos secundarios sobre todo náuseas,
vómitos y cefalea hacen muy poco probable que la mujer pueda recurrir a
ellos de manera regular; la eficacia medida como tasa por cien mujeres expuestas
al año, es muy inferior a los contraceptivos de uso regular; el costo de
la tableta por evento resulta más alto que el uso regular de los anticonceptivos
orales combinados o solo de progestina. Como
es baja la probabilidad que una mujer quede embarazada después de un único
coito sin protección, la eficacia de la anticoncepción de emergencia
se ha medido en términos de la proporción de embarazos que se pueden
evitar si el método es usado; así, se ha calculado que la eficacia
de las píldoras anticonceptivas previenen alrededor de 75% y los dispositivos
intrauterinos liberadores de cobre (DIU) 98%; igualmente la tasa de falla de la
anticoncepción de emergencia se encuentra entre 1% y 3% y para los DIU
por debajo de 1%11. Desde
el punto de vista práctico, todas las mujeres pueden usar las píldoras
de anticonceptivos orales combinados o de levonorgestrel solo, como píldoras
de anticoncepción de emergencia sin peligro alguno, porque al tomarse por
un tiempo muy breve, las contraindicaciones relativas para el uso de las píldoras
anticonceptivas corrientes no aplican, aún en los casos como cuando hay
antecedentes de complicaciones cardiovasculares graves, angina de pecho, migrañas
focales y enfermedad grave del hígado, las ventajas superan a los riesgos
teóricos de un embarazo en este tipo de pacientes16. Así, tenemos
que la única contraindicación para el uso de las píldoras
de emergencia es el embarazo, porque una vez el huevo se ha anidado, las píldoras
son inefectivas. Las píldoras anticonceptivas de emergencia no afectan
al óvulo fecundado que ya se ha implantado en el útero, tampoco
causan daño al embrión, por tanto no son abortivas17. El mecanismo de acción
de las píldoras usadas como de emergencia no se ha dilucidado completamente,
pero los estudios hechos por varios investigadores apuntan básicamente
a dos situaciones: el retraso en la ovulación y alteraciones endometriales
que podrían inhibir la implantación16-18. Los
efectos secundarios asociados con el uso de las píldoras contraceptivas
combinadas como anticonceptivos de emergencia son frecuentes y generalmente molestos.
Las náuseas, los vómitos, la cefalea, los mareos y la fatiga son
los más comunes; también se presentan con alguna regularidad la
mastalgia y la sensación de ardor epigástrico, pero en general desaparecen
al cabo de 24 horas después de la ingesta de la segunda dosis. Los efectos
secundarios se presentan con menor intensidad y frecuencia cuando se utilizan
las píldoras de progestina sola como píldoras de emergencia. Se
ha recomendado utilizar aspirina o algún antiemético antes de iniciar
la ingesta de las tabletas para reducir la intensidad de las molestias. Básicamente
hay dos tipos de métodos de anticoncepción de emergencia: 1.
Tabletas de anticonceptivos orales: a.
Combinados (etinil estradiol y levo-norgestrel) b.
Levonorgestrel solo
2.
Dispositivo intrauterino liberador de cobre (DIU)
Las
píldoras anticonceptivas de emergencia se deben tomar en dos dosis, una
cada doce horas, dentro de las 72 horas siguientes al coito sin protección.
Si se utilizan píldoras anticonceptivas corrientes combinadas de etinilestradiol
y levonergestrel, se debe garantizar que la paciente tome en cada dosis 100 mg
de etinilestradiol y 500 mg de levonorgestrel. Si utiliza las píldoras
de progestina sola deberá tomar por dosis 750 mg de levonorgestrel. La
otra medida alternativa a las píldoras contraceptivas es la inserción
de un DIU dentro de los 5 días siguientes al coito sin protección.
Su uso está especialmente indicado cuando han pasado las 72 horas del coito
sin protección y cuando la paciente considera continuar su uso por largo
tiempo como método contraceptivo. En estos casos se debe tener en cuenta
los criterios de elegibilidad de la OMS para el uso de DIU como método
contraceptivo, especialmente lo relativo a las categorías 3 y 419. Actualmente
se encuentra en fase de estudio por parte de la OMS, la eficacia anticonceptiva
de 1.5 mg de levonorgestrel en dosis única y la utilización de diferentes
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